Apatzingán, Mich., a 05 de Febrero del 2019.- En la celebración de la Primera Asamblea Plenaria de la Comisión Permanente de Contralores Estado-Municipios, a cargo de la Auditoria Superior del Gobierno del Estado, en la que se procedió a la designación de diez Contralores Municipales como Coordinadores Regionales, quedando en la Región I Lerma-Chapala el Contralor de Villamar, Ángel Amezcua Cendejas; en la Región 2 Bajío, la de Jiménez, Josefina Negrete Hernández; Región 3 Cuitzeo, el de Queréndaro, Alejandro Torres Suárez; Región 4 Oriente, el de Tiquicheo, Agustín Rosas Nava; Región y Tepalcatepec, el de Apatzingán, Maestro en Administración y Contador Público Claudio Magaña Pacheco; Región 6 Purépecha, el de Tancítaro, Arnulfo Lanusa Torres; Región 7 Pátzcuaro-Zirahuén, el de Tzintzuntzan, Heber Eleunain Hernández Arreola.
También en esa importante asamblea de la Región 8 Tierra Caliente, se designó al Contralor del municipio de Tacámbaro, Juan Ramiro Soriano del Toro; Región 9 Sierra Costa el de Arteaga, Martín Torres Franco y de la Región 10 Infiernillo, el de Múgica, Francisco Rodríguez García,cada uno tendrá bajo su responsabilidad el manejo de entre diez a once municipios en el sentido de brindar información, orientación y en donde se requiera hasta capacitación a los contralores Municipales que no estén enterados de ls funciones reales que se deben desempeñar en una Contraloría Municipal, tomando en cuenta que la mayoría de quienes ocupan ese cargo nunca habían sido Contralores, por lo que desconocen el trabajo y las funciones de un Contralor.
Cabe destacar que la Ley Orgánica Municipal los faculta como Contralores u órganos de Control Interno, en donde se tienen y se pueden desempeñar muchas funciones que se pueden catalogar inclusive como fiscales de los municipios y en este caso la idea es de coordinarse, de que si alguien no tiene en claro cómo se deben hacer las cosas en cuanto a las actividades a desplegar, pues buscar a los coordinadores o a los suplentes para que les brinden la asesoría necesaria y puedan desempeñar sus actividades apegados a las facultades establecidas en las leyes al respecto.